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El cierre del ejercicio fiscal 2025 marca el inicio de una de las obligaciones más críticas para las empresas en México: la declaración anual 2026. En un entorno fiscal cada vez más digitalizado por el SAT, la precisión en los estados financieros y la conciliación de los CFDI son la clave para evitar auditorías y multas.
Esta guía te proporcionará los requisitos, fechas y el paso a paso técnico para cumplir con éxito antes de que venza el plazo legal.
La Declaración Anual de personas morales es el informe oficial y obligatorio que las empresas constituidas en México deben presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este documento se consolidan los resultados financieros obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior (en este caso, el año 2025) para determinar el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Más allá de ser un simple trámite, es el mecanismo de transparencia donde la entidad jurídica rinde cuentas sobre:
Ingresos acumulables: Todo el capital percibido por la operación del negocio.
Deducciones autorizadas: Gastos indispensables que la ley permite restar de los ingresos.
Determinación de la Utilidad o Pérdida Fiscal: El resultado final sobre el cual se calcula el impuesto.
Retenciones y Pagos Provisionales: Los montos que ya se fueron abonando mes con mes durante el año.
Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU): La base para el reparto de beneficios a los empleados.
A diferencia de las personas físicas, la declaración de personas morales es el eje central para la deducibilidad de gastos y el cumplimiento de la contabilidad electrónica. Presentarla correctamente evita multas, la restricción de Sellos Digitales (que te impediría facturar) y permite solicitar saldos a favor ante el fisco.
Es importante distinguir que, aunque es un proceso general, el formato varía según el régimen fiscal en el que esté inscrita la empresa:
Régimen General de Ley: para la mayoría de las sociedades mercantiles (S.A. de C.V., S. de R.L., etc.).
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de Personas Morales: un esquema basado en el flujo de efectivo (lo efectivamente cobrado y pagado), que tiene sus propias reglas de deducción.
Personas Morales con Fines no Lucrativos: asociaciones y fundaciones que, aunque no buscan utilidad, deben informar sus ingresos y erogaciones.
El periodo oficial para que las empresas cumplan con esta obligación inicia el 1 de enero y concluye el 31 de marzo de 2026.
Nota sobre la temporalidad: Aunque la declaración se presenta en 2026, la información corresponde al ejercicio fiscal 2025 (del 1 de enero al 31 de diciembre). Es el cierre de ciclo donde se "ajustan" las cuentas de todo el año anterior frente a lo que se pagó en los pagos provisionales mensuales.
A continuación, detallamos las fechas límite según el tipo de persona moral:
Tipo de Contribuyente | Fecha Límite 2026 |
Régimen General de Ley (S.A. de C.V., S.C., etc.) | 31 de marzo de 2026 |
RESICO (Régimen Simplificado de Confianza) | 31 de marzo de 2026 |
Personas Morales con Fines No Lucrativos | 16 de febrero de 2026 (Vencido) |
Sociedades en Liquidación | Hasta el 19 de enero de 2026 (Vencido) |
Para el año 2026, el 31 de marzo cae en martes, por lo que se considera un día hábil administrativo. Esto significa que la fecha es definitiva y no habrá desplazamientos del plazo al siguiente día, como ocurre cuando el cierre coincide con viernes o domingo.
Te recomendamos que no esperes a la última semana de marzo. El sistema del SAT suele presentar saturación o intermitencias en los últimos días del mes, lo que podría generar retrasos y multas por presentación extemporánea.
Es común la confusión, pero recuerda:
Marzo: Es el mes de las empresas (Personas Morales).
Abril: Es el mes de los individuos (Personas Físicas).
Para presentar tu declaración sin contratiempos, es fundamental contar con información actualizada tanto en el ámbito digital como en el contable. Aquí te presentamos la lista completa de lo que debes tener a la mano:
1. Requisitos Digitales (acceso al portal)
No puedes iniciar el trámite si no tienes tus credenciales vigentes. Asegúrate de revisar esto al menos una semana antes:
e.firma (Firma Electrónica): debe estar vigente. Recuerda que si venció hace menos de un año, podrías renovarla en línea, pero si tiene más tiempo, requerirás cita presencial.
RFC de la empresa: la clave de Registro Federal de Contribuyentes de la persona moral.
Contraseña (antes CIEC): para el acceso rápido al portal del SAT.
Buzón Tributario Activo: es obligatorio tener medios de contacto actualizados (correo y celular) para recibir notificaciones.
2. Información Financiera (Nuevos Formatos)
Desde hace un par de años, el SAT integró los Estados Financieros comparativos. Necesitarás los datos de 2024 y 2025 para llenar los siguientes rubros:
Estado de Situación Financiera (Balance General): activos, pasivos y capital.
Estado de Resultados: ingresos, costos y gastos.
Estado de Flujo de Efectivo: esencial para ver de dónde vino el dinero y en qué se usó.
Estado de Cambios en el Capital Contable: movimientos de los socios o accionistas.
Tip Pro: Recuerda que para el Estado de Flujo de Efectivo, el SAT permite elegir entre el Método Directo o el Indirecto. Asegúrate de que el contador use el mismo criterio que en el cierre contable para que la conciliación sea exacta.
Información Fiscal y Conciliación
Aquí es donde se determina el impuesto real a pagar:
Pagos Provisionales: tener claridad de los montos ya pagados mes con mes durante 2025.
CFDI de Nómina: conciliar que los recibos de nómina emitidos coincidan con lo que vas a declarar como gasto de salarios.
Deducciones Autorizadas: facturas de gastos (CFDI) que cumplan con todos los requisitos fiscales.
Cuentas de Orden: datos sobre la CUFIN (Cuenta de Utilidad Fiscal Neta) y CUCA (Cuenta de Capital de Aportación).
Para que el SAT considere tu declaración como completa, el sistema solicita información desglosada en dos grandes pilares: la Determinación del Impuesto y los Estados Financieros.
A continuación, detallamos la información indispensable que debe integrar tu declaración del ejercicio 2025:
1. Ingresos Acumulables
Es el total de recursos que incrementaron el patrimonio de la empresa. Debes incluir:
Ingresos nominales: ventas o servicios facturados mes con mes.
Ajuste anual por inflación: un cálculo fiscal obligatorio que puede resultar en un ingreso (si tus deudas fueron mayores a tus créditos).
Ganancia por enajenación de activos: si la empresa vendió maquinaria, inmuebles o vehículos.
2. Deducciones Autorizadas
Son los gastos indispensables para que tu empresa opere. Para que el SAT las acepte, deben estar amparadas por un CFDI y pagadas mediante medios electrónicos si exceden los $2,000.00 MXN.
Por ejemplo:
Gastos generales: renta de oficina, luz, internet, papelería.
Costo de lo vendido: lo que te costó producir o adquirir la mercancía vendida.
Nómina y Previsión Social: sueldos, cuotas IMSS, INFONAVIT y prestaciones.
Inversiones (Depreciaciones): el porcentaje anual que la ley permite deducir de tus activos fijos.
3. Datos Informativos Obligatorios
Incluso si no generan un pago directo, el sistema te pedirá:
Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU): monto pagado en 2025 y el generado para pagarse en 2026.
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores: si tu empresa tuvo pérdidas en años pasados, aquí es donde se aplican para reducir el impuesto actual.
Dividendos o utilidades distribuidos: en caso de haber pagado a los socios.
4. Los 4 Estados Financieros Básicos (Obligatorios en 2026)
Este es el apartado más técnico del formulario. Deberás capturar de forma comparativa (2024 vs. 2025):
Estado de Situación Financiera: balance de lo que la empresa tiene y debe.
Estado de Resultados: utilidad o pérdida neta.
Estado de Flujo de Efectivo: origen y aplicación del efectivo.
Estado de Cambios en el Capital Contable: variaciones en la inversión de los dueños.
Presentar la declaración anual de una persona moral requiere orden y precisión. Sigue esta ruta técnica para completar el proceso en el portal del SAT:
Paso 1: Acceso al portal del SAT
Ingresa al portal oficial del SAT (sat.gob.mx).
2. En el menú superior, selecciona Trámites y servicios y luego Declaración para empresas.
3. Ve a la sección de Declaraciones y busca: "Presenta tu Declaración Anual de personas morales. Régimen General o RESICO".
4. Autentícate con tu RFC, Contraseña o directamente con los archivos de tu e.firma.
Paso 2: Configuración de la Declaración
Una vez dentro, selecciona "Presentar declaración" y configura los siguientes parámetros:
Ejercicio: 2025 (es el año que estás reportando).
Periodo: Del Ejercicio.
Tipo de declaración: Normal (o Complementaria si vas a corregir una anterior).
Régimen fiscal: El sistema lo detectará automáticamente (ej. Régimen General de Ley).
Paso 3: Revisión de la Información Precargada
El sistema del SAT ya contiene información de tus pagos provisionales y facturaciones. Debes validar:
Ingresos: Verifica que los CFDI emitidos coincidan con el monto acumulable.
Nómina: Revisa que el timbrado de sueldos esté correctamente reconocido para la deducción.
Pagos Provisionales: Asegúrate de que los montos pagados de enero a diciembre estén reflejados; de lo contrario, no podrás restarlos del impuesto anual.
Paso 4: Llenado de los 4 Estados Financieros
Este es el punto más exhaustivo. Deberás capturar manualmente (o validar) las cifras de 2024 y 2025 en:
Estado de Situación Financiera.
Estado de Resultados.
Estado de Flujo de Efectivo (Método directo o indirecto).
Estado de Cambios en el Capital Contable.
Paso 5: Determinación y Conciliación
Conciliación Contable-Fiscal: Aquí ajustarás las diferencias entre tu utilidad contable y la fiscal (como depreciaciones fiscales vs. contables).
Determinación del Impuesto: El sistema calculará automáticamente si tienes un Impuesto a Cargo o un Saldo a Favor.
Paso 6: Envío y Firma Electrónica
Genera la Vista Previa en PDF y revísala con tu contador.
Si todo es correcto, da clic en Enviar.
El sistema te pedirá firmar con los archivos de tu e.firma (.cer y .key).
Descarga el Acuse de Recibo. Si resultó impuesto a pagar, descarga también la Línea de Captura.
No conciliar los visores del SAT:
El SAT tiene visores de nómina e ingresos. Si lo que tú declaras no coincide con lo que el SAT tiene precargado en sus visores, la declaración podría ser rechazada o generar una carta invitación.
E.firma vencida
Muchos contribuyentes intentan entrar el 30 de marzo y descubren que su firma electrónica caducó. Sin e.firma vigente, es imposible firmar la declaración de una persona moral.
Olvidar las "Cuentas de Orden"
No actualizar la CUFIN o la CUCA puede traer problemas en el futuro al querer repartir dividendos o reducir capital.
Confundir el Flujo de Efectivo
Si eres RESICO, tu declaración se basa en lo efectivamente cobrado/pagado; si eres Régimen General, se basa en lo facturado (devengado). Mezclarlos es un error costoso.
El incumplimiento de esta obligación antes del 31 de marzo de 2026 conlleva riesgos importantes:
Multas económicas: Que pueden oscilar entre los $17,000 y $34,000 MXN por cada obligación no presentada.
Restricción del CSD: El SAT puede suspender temporalmente tus Certificados de Sello Digital, lo que te impide emitir facturas y, por ende, paraliza la cobranza de tu empresa.
Opinión de Cumplimiento Negativa: Esto te impide participar en licitaciones gubernamentales y afecta tu reputación comercial ante proveedores y bancos.
Una vez presentada tu Declaración Anual, el sistema del SAT determinará si existe un impuesto a cargo. En ese caso, deberás cubrir el monto correspondiente utilizando la línea de captura generada por el propio portal del SAT.
Puedes realizar este pago directamente desde Kapital, utilizando la opción de Pago Referenciado SAT, que te permite liquidar impuestos federales en línea sin salir de tu banca empresarial.
1. Registrar el servicio SAT en Kapital
Antes de realizar tu primer pago, necesitas dar de alta el servicio dentro de la plataforma.
Una vez que hayas iniciado sesión en tu cuenta de Kapital:
En el menú principal, ve a Pagos → Servicios → Alta.
Selecciona el servicio SAT que deseas registrar.
Ingresa el dato de la cuenta o referencia solicitada.
Define un alias para identificar el servicio fácilmente.
Establece el importe máximo autorizado para futuras operaciones.
Este registro solo se realiza una vez y permite agilizar los pagos posteriores.
2. Realizar el pago de impuestos al SAT
Con el servicio registrado, ya puedes realizar el pago de tu declaración.
En el menú principal, accede a Pagos → Impuestos → SAT.
Selecciona la cuenta origen desde la cual se realizará el cargo.
Elige el impuesto previamente registrado.
Ingresa la referencia o línea de captura proporcionada por el SAT.
Introduce el monto a pagar indicado en tu declaración.
Finalmente, selecciona Agregar y confirma la operación utilizando tu token de seguridad.
Una vez autorizado el movimiento, el pago quedará aplicado y podrás conservar el comprobante bancario como respaldo de la operación.
Recuerda que el pago debe quedar aplicado antes del cierre bancario del 31 de marzo. Si realizas la operación el último día, verifica que el banco procese el movimiento dentro del horario operativo para evitar que el SAT lo considere fuera de plazo.
Antes de dar clic en "Enviar", asegúrate de marcar estos puntos:
[ ] Vigencia de e.firma: ¿Tienes los archivos .key y .cer a la mano y vigentes?
[ ] Visores del SAT: ¿Tus ingresos y nómina coinciden al 100% con lo que el SAT tiene precargado?
[ ] Estados Financieros: ¿Tienes los comparativos de 2024 listos para capturar?
[ ] Buzón Tributario: ¿Está actualizado? (Evita sorpresas de último minuto).
[ ] Línea de captura: Si sale impuesto a cargo, recuerda que el pago debe quedar aplicado antes del cierre del banco el 31 de marzo.
Presentar la declaración anual no tiene por qué ser una crisis si tienes la información organizada. ¡Éxito en tu cierre fiscal 2025!
¡Conoce cómo financiarte con Kapital!
Recibe la llamada de un asesor